I. Introducción
De acuerdo al compromiso asumido por el Comité de Importadores de la Cámara de Comercio de Santiago con el señor Rodrigo Yáñez, Director General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la última reunión de este Comité, se ha elaborado un “Catastro de medidas que dificultan las importaciones en el marco de los Acuerdos Comerciales suscritos por Chile”.
Teniendo presente que Chile posee en la actualidad 26 Acuerdos Comerciales con 64 países, es normal que se vayan presentando problemas en la administración de estos Acuerdos, tanto a nivel interno como externo. Por ello, resulta importante que la Autoridad Gubernamental mantenga un diálogo constante con el sector privado, de manera de conocer de primera fuente cuales son las prioridades, las sensibilidades y las restricciones que afectan al comercio bilateral.
Una vez suscritos los Acuerdos Comerciales, se deben administrar, lo que conlleva la evaluación de su funcionamiento. Es ahí donde el sector privado puede hacer propuestas y evaluaciones que pueden servir de orientación, para que el Equipo Negociador de nuestro país pueda ir profundizando los Acuerdos suscritos, o bien, mejorando las gestiones que realizan las Instituciones que intervienen en el comercio exterior, como es el caso del Servicio Nacional de Aduanas, las Entidades Certificadoras de Origen o la propia Dirección Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Departamento de Certificación y Verificación de Origen.
Se espera que este catastro permita a la Dirección Económica estudiar estas materias, de modo de poder mejorar -en forma efectiva- las condiciones de acceso de los productos a los mercados, tanto de exportación como de importación, en el marco de los Acuerdos Comerciales suscritos.
Se ha podido apreciar que el Servicio Nacional de Aduanas de Chile, muchas veces no sigue los procedimientos establecidos en los Acuerdos Comerciales, en materia de verificación de origen ya que, comúnmente, se limita a formular cargos a las empresas importadoras, sin seguir los pasos que se acordaron para dilucidar el carácter originario de los productos negociados, que contempla el envío de consultas a las Autoridades Aduaneras de la parte importadora o exportadora, según sea el caso, de existir dudas respecto a la información proporcionada en el Certificado de Origen.
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